Ante la problemática en materia de limpieza de la suciedad en zonas comunes como consecuencia de los excrementos de mascotas y depositar basura o deshechos fuera de los contenedores y papeleras, la mala imagen que esto representa y el problema de salubridad para los vecinos, el Alcalde de Manilva, Diego José Jiménez ha firmado un bando en el que apela a la responsabilidad de toda la ciudadanía, el civismo en la convivencia y la responsabilidad de todos a la hora de mantener limpio el municipio.
En el bando se hace saber que a todos nos incumbe cuidar por las condiciones estéticas y de salubridad de nuestros núcleos urbanos. El compromiso municipal en la limpieza y adecentamiento de los lugares públicos resultará baldío sin la colaboración activa de todos los vecinos. Hay que aunar los esfuerzos en tan importante tarea, que afecta muy sensiblemente a la convivencia y a la imagen que deseamos para Manilva. El Esmero ha de ser especial por parte de quienes tienen a su cargo mascotas y que las pasean por lugares públicos y aquellas personas que no depositen su bolsas de basuras o deshechos en los recipientes pertinentes.
En la actualidad el Ayuntamiento de Manilva cuenta con unas Ordenanzas Municipales de Limpieza, Ornato Público y Gestión de Residuos, las cuales fueron publicadas en el boletín nº 69 13/04/09 SEGUNDO.
1. Las presentes Ordenanzas tienen por objeto la regulación, en el campo de los residuos, de las actividades tanto públicas como privadas que puedan tener efectos perjudiciales sobre el medio ambiente y la calidad de vida. Esta regulación, se regirá en orden de prioridad por los siguientes principios:
a) Prevención
b) Minimización de posibles daños c) Adopción de medidas correctoras.
2. Fundamentalmente, dicha actuación se basará, en el ámbito de las competencias del Ayuntamiento de Manilva y dentro de su término municipal, en la regulación de las siguientes situaciones y actividades:
a) La limpieza de la vía y espacios públicos y de los bienes de dominio municipal.
b) La ejecución subsidiaria de los espacios antes descritos y de los solares de propiedad privada, y otros bienes existentes en la vía pública, así como elementos accesibles directamente desde la misma, tales como fachadas, soportales, galerías, pasajes y similares.
c) La inspección, el régimen de autorizaciones y la responsabilidad derivada del incumplimiento de lo dispuesto en su articulado.
Por medidas urgentes de mejora de la limpieza e imagen del entorno urbano, a partir del próximo 1 de enero de 2016, se aplicará firmemente esta Ordenanza Municipal. La Policía Municipal será la encargada de imponer las infracciones recogidas en el capitulo 4, denunciando y notificando a toda persona física o jurídica que incumpla dichas ordenanzas.