La delegación de Consumo, donde se incluye la OMIC, área que dirige Francisco Becerra, informa que el próximo 4 de diciembre entra en vigor el decreto 472/2019 regulador de los hojas de quejas y reclamaciones de los consumidores y usuarios de la comunidad de Andalucía.
La nueva normativa establece novedades encaminadas a conseguir una mayor transparencia y eficacia en el procedimiento de reclamación.
Seguirá siendo obligatorio para todos los establecimientos públicos disponer de la hoja de reclamaciones como la herramienta más rápida y directa para solucionar los conflictos que se generen con los consumidores.
El formulario de reclamación ha variado siendo el nuevo más sencillo y fácil de rellenar en el que se explica de forma más clara lo que se puede pretender a través de la gestión administrativa de una hoja de reclamaciones.
Continúa invariable la obligación para la empresa implicada en el conflicto de atender la reclamación en el plazo de diez días pero ahora se le pide una respuesta más completa y útil para el consumidor procurando ser este cauce, una vía de solución de los conflictos sin la necesidad de que intervengan otros organismos.
Los nuevos formularios de reclamaciones ya están disponibles a través de la web de Consumo, y en los distintos comercios.
El Decreto aclara que todos los profesionales que comercien bienes o presten servicios, deben disponer de hojas de reclamaciones, ello incluye tanto a los profesionales colegiados como los establecimientos regulados por una normativa específica (bancos, compañías de seguros, estaciones de tren y autobuses etc..).
En el caso concreto de los dispositivos de venta automática, bienes de uso compartido o venta a distancia, en el propio dispositivo o a través de la aplicación que utilicen, deben informar sobre el procedimiento de reclamación.
Se aclara asimismo que no es necesario consumir en el establecimiento
para poder interponer la hoja de reclamaciones.
La nueva normativa dota de mayor seguridad jurídica, transparencia y eficacia a la tramitación de las reclamaciones, recurre al cauce del procedimiento administrativo para la gestión de las reclamaciones, señalando plazos y causas de inadmisión, para la resolución de los expedientes, así como la posibilidad de recibir un informe jurídico del
responsable de la unidad que haya gestionado la reclamación, que puede ser una herramienta de gran utilidad al consumidor para el apoyo de sus pretensiones en otras vías de reclamación.
El citado edil resalta que se trata de un gran avance en la protección de los consumidores y recuerda la utilidad de nuestro Servicio Municipal de Consumo, que ha gestionado y resuelto cientos de reclamaciones, y que sin duda, con esta nueva normativa, se impulsará favorablemente la labor de mediación, y la resolución final de las reclamaciones.
Para cualquier aclaración e información adicional en torno a la normativa pueden dirigirse a nuestro servicio municipal de Consumo situado en la segunda planta del Edificio de Usos Múltiples de Sabinillas, donde le informarán de todos los extremos.