CONVOCATORIA DESTINADA A LA CONTRATACIÓN TEMPORAL DE UN INSTRUCTOR DE ACTIVIDADES DEPORTIVAS


El Ayuntamiento de Manilva ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y en el tablón de anuncios la convocatoria destinada a la contratación temporal de un instructor de actividades, en este caso para la disciplina de Gimnasia Rítmica.

Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una bolsa de trabajo de personas desempleadas, para la posterior contratación temporal por parte del Ayuntamiento de Manilva de una persona en la categoría de Instructor de Actividades Deportivas a 17 horas semanales, dirigida a la impartición de clases de Gimnasia Rítmica.

La presente bolsa de trabajo contará con un periodo de duración que comprenderá desde el veinte de septiembre del año 2016 hasta el treinta de junio del año 2017.

La convocatoria va dirigida a trabajadores desempleados e inscritos como demandantes de empleo, que estén en posesión del título de entrenador de Gimnasia Rítmica, en cualquiera de sus 3 niveles.

Podrán formular su solicitud todos aquellos desempleados que cumplan con los requisitos establecidos. Entre otros, tener capacidad de obrar conforme a lo dispuesto en el Código Civil, ser mayores de dieciocho años, tener el título de entrenador de Gimnasia Rítmica, en cualquiera de sus 3 niveles y estar desempleado e inscrito como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo.

Los requisitos referidos deberán de poder acreditarse por los participantes hasta la finalización de la presente convocatoria.

El Ayuntamiento podrá realizar cuantas comprobaciones o averiguaciones considere oportunas para confirmar que los participantes cumplen con los requisitos anteriores.
La entrevista personal deberá ser realizada por las personas que conformen la Comisión de Baremación y tendrá carácter preceptivo para la inclusión en la presente bolsa. Se tendrá en cuenta la actitud y el compromiso mostrado por los solicitantes en el caso de que hayan prestado servicio para este Ayuntamiento en años anteriores.

Las solicitudes de las personas desempleadas que se ajusten a los requisitos establecidos en esta convocatoria se presentarán en cualquier Registro oficial del Ayuntamiento de Manilva, en horario de ocho y media de la mañana a dos de la tarde.

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del anuncio correspondiente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Manilva y en el BOP.

La solicitud se formulará de acuerdo con el modelo normalizado que podrá obtenerse en el Registro oficial. Deberá ir acompañada de original y copia del NIF o NIE en vigor, pasaporte o permiso de residencia del solicitante y miembros de la unidad familiar, Certificación acreditativa de la inscripción como desempleado del solicitante, título de entrenador de Gimnasia Rítmica y Currículum vitae del solicitante.

La presentación de la solicitud de participación comportará la autorización del solicitante para que directamente el propio ayuntamiento solicite y obtenga información de cuantos documentos estime necesarios para comprobar los datos aportados por el propio aspirante.

En cualquier caso, el Ayuntamiento se reserva la facultad de realizar las comprobaciones oportunas así como de solicitar a los participantes cualquier otra documentación que permita clarificar cualquier circunstancia determinante para su baremación.

Las solicitudes serán analizadas y valoradas por una Comisión de Baremación, previa propuesta. El régimen de sesiones se establecerá por acuerdo de la propia Comisión. Dicha Comisión de Baremación estará integrada por 3 miembros que serán designados por la Alcaldía, dos de ellos deberán ser trabajadores adscritos al departamento de Deportes del Ayuntamiento de Manilva.
La Comisión de Baremación será asistida por aquellos asesores técnicos que se designen, los cuales actuarán en las sesiones con voz pero sin derecho a voto.

– La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de las actuaciones de la Alcaldía, podrán ser impugnadas en el plazo de un mes, mediante Recurso de Alzada, establecido en el artículo 114 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

scroll to top